Monotributo: qué hay que hacer para acceder a la quita de impuestos

30 / 11 / 2020 | General
Monotributo: qué hay que hacer para acceder a la quita de impuestos

Los monotributistas no deberán hacer ningún trámite especial para tener bonificado el componente impositivo del aporte de septiembre. Para saber si está alcanzado o no, cada contribuyente deberá revisar su casilla electrónica en la página de la AFIP o en www.monotributo.afip.gob.ar (ingresando en cualquier caso con su clave fiscal), ya que el organismo prevé comunicar caso por caso. De todas formas, el requisito establecido por la normativa para acceder a este beneficio ya es conocido: haber pagado todas las cuotas del año hasta el 21 de este mes.

El pago de la parte de la mensualidad no alcanzada por la bonificación (es decir, los aportes que se destinan al sistema jubilatorio y a la obra social) podrá hacerse a partir del viernes 6 de septiembre. Por eso, se estima que las comunicaciones a los contribuyentes llegarán entre esta semana y la próxima.

Tal como se estableció en el decreto 561, en septiembre no se pagará el componente impositivo del aporte mensual. La medida es una de las anunciadas por el Gobierno con impacto en los ingresos de bolsillo para intentar dar alivio frente a la baja del poder adquisitivo causada por la inflación, que se aceleró tras la fuerte devaluación del peso posterior a las PASO.

Como condición para estar alcanzado por esta medida se dispuso que el contribuyente adherido al régimen simplificado debe haber pagado todas las cuotas correspondientes al período de enero a agosto. Según aclararon en la AFIP, el hecho de haber realizado pagos fuera de término no es motivo para que alguien quede excluido del beneficio. Incluso se considerará cumplido el requisito si las obligaciones no fueron abonadas a término pero están ahora incluidas en un plan de facilidades de pago.

Para quienes deban abonar solo el aporte previsional y los servicios de salud, las modalidades serán las habituales. Hay determinados grupos de contribuyentes excluidos de esa obligación, por ejemplo, porque, además de monotributistas, son asalariados y ya tienen descuentos para financiar las prestaciones de la seguridad social.

En el mensaje que la AFIP enviará a los contribuyentes estarán las indicaciones para quienes realicen el pago en forma presencial en alguna entidad autorizada. En estos casos, deberán comunicar que no corresponde el componente impositivo de la obligación del mes, con lo cual en el sistema de cobro la entidad deberá consignar que en ese ítem el importe es cero. Y si no es posible que la entidad haga ese registro, el monotributista deberá utilizar el formulario 155 (se baja de la página de la AFIP) y consignar cuáles son los montos a abonar. Esta modalidad es válida para quienes pagan el componente previsional y para quienes están en las provincias en las que rige el pago unificado del monotributo con el régimen simplificado de Ingresos Brutos: son, por ahora, Córdoba, Mendoza y San Juan.

¿Habrá forma de verificar que la obligación de septiembre está considerada cumplida, aun cuando por efecto del decreto no se haya hecho ningún pago o se haya hecho uno parcial? Habitualmente, tras ingresar en la página de la AFIP con la clave fiscal, los monotributistas pueden revisar cómo está su situación cliqueando la opción CCMA (cuenta corriente monotributistas y autónomos) que aparece en el listado de servicios interactivos. Allí se calcula continuamente la deuda, en caso de existir, y se detalla mes a mes la situación de pago de las obligaciones.

Según indicaron en la AFIP, en la línea correspondiente a septiembre se podrá leer una frase que hará referencia al beneficio de la bonificación. Y se cargarán los datos que correspondan en el sistema para que no se genere una deuda por falta de pago.

El monto del beneficio de bonificación es variable, dependiendo de la categoría en la cual está cada monotributista. En la A, la más baja, el componente impositivo mensual es de $111,81, sin importar qué tipo de actividad se realice dentro de las admitidas en el sistema simplificado. La suma bonificada puede llegar hasta $4604,26 en el caso de los prestadores de servicios (la categoría más elevada es la H) o de hasta $7769,70 en la categoría K, solo permitida para quienes tienen por actividad la venta de cosas muebles.

 

Rige el descuento sobre aportes jubilatorios

La AFIP puso en marcha el sistema para que los trabajadores en relación de dependencia accedan al beneficio del decreto 561/2019, que habilitó al Estado a financiar hasta $2000 de sus aportes jubilatorios personales.

La norma establece que ?a los trabajadores cuya remuneración imponible sea inferior o igual a $60.000 durante los períodos devengados de agosto y septiembre de este año, el Estado les financiará una suma equivalente de hasta $2000 o el 100% de sus aportes personales (el que resulte menor)?.

A la vez, en la resolución general 4558 se detalla que la AFIP adecuará las herramientas informáticas para que los empleadores puedan presentar las declaraciones juradas de seguridad social con el beneficio que la norma dispone para esos meses.

Por: Silvia Stang
Fuente: www.lanacion.com.ar

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